La OMIC de Sabadell informa a preferentistas de Catalunya Banc sobre el proceso de canje del dinero invertido por acciones y la posibilidad de recurrir a la vía arbitral
Ante la situación generada a raíz de la llamada "crisis de las preferentes" y las numerosas consultas recibidas por la Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC), el Ayuntamiento ha impulsado en el último año y medio numerosos mecanismos de apoyo a las personas afectadas...
La acción se enmarca en las múltiples actuaciones que la Oficina Municipal ha impulsado el último año y medio para apoyar a los ciudadanos afectados por preferentes y deuda subordinada de entidades financieras
Ante la situación generada a raíz de la llamada "crisis de las preferentes" y las numerosas consultas recibidas por la Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC), el Ayuntamiento ha impulsado en el último año y medio numerosos mecanismos de apoyo a las personas afectadas por Preferentes y Deuda Subordinada (DS) de entidades financieras. Así, ha asesorado a las personas que se han dirigido, han hecho procesos de mediación y también se están derivando casos a las Juntas Arbitrales para facilitar la resolución del conflicto planteado sin necesidad de recurrir a la vía judicial. Desde principios de año la OMIC ha recibido 360 consultas sobre el sector bancario. Aunque no se discrimina por motivos, se calcula que aproximadamente la mitad habrían sido motivadas por preferentes y deuda subordinada. Durante el año 2012, la Oficina Municipal atendió 725 consultas relacionadas con la banca (también la mitad aproximadamente sobre preferentes).
Entre las acciones de los últimos meses, la OMIC está informando a los preferentistas de Catalunya Banc sobre el proceso de canje del dinero invertido por acciones y la posibilidad de recurrir a la vía arbitral. En este caso, y como novedad, cabe decir que el plazo de presentación de solicitudes a la Junta Arbitral de Consumo estará abierto hasta el próximo 12 de julio.
El Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB), de acuerdo con la Resolución de su Comisión Rectora de 7 de junio de 2013, ha determinado que el 5 de julio se intercambiarán, con carácter obligatorio, las participaciones preferentes y deuda subordinada de Catalunya Banc por Acciones y opción de venta de las Acciones en el Fondo de Garantía de Depósitos (FGD) - aplicando los finiquitos establecidas en el FROB -. Sólo los titulares de deuda subordinada con vencimiento anterior a julio de 2018 podrán optar entre las Acciones de Catalunya Banc o Depósito Bancario. En este caso, se dispone del 17 hasta el 28 de junio de 2013 para formalizar la elección en su oficina.
En este marco, los nuevos accionistas minoristas de Catalunya Banc (es decir los titulares de participaciones preferentes y aquellos de deuda subordinada que no hayan podido optar o hayan decidido no hacerlo por un Depósito Bancario) tendrán la opción de vender sus acciones al Fondo de Garantía de Depósitos (FGD). Por ello, deben dirigirse a su oficina de Catalunya Banc, donde podrán solicitar la venta a partir del 17 de junio y hasta el 12 de julio. Si han aceptado esta opción, el 19 de julio se les abonará el importe de la venta en su cuenta corriente. Para pedirlo, pueden dirigirse a su oficina de Catalunya Banc donde los clientes recibirán una completa información sobre el procedimiento a seguir. Es decir, pedir día y hora de visita en su oficina (más información en el teléfono de Catalunya Banc para titulares de participaciones preferentes y obligaciones subordinadas: 93186 07 90).
Procedimiento de Arbitraje
Recordemos, sin embargo, que la venta de acciones al Fondo de Garantía de Depósitos no conllevará la recuperación del total de la inversión inicial del cliente, dado que el proceso de canje de preferentes y deuda subordinada por acciones se aplicarán los finiquitos correspondientes. Es por ello que aquellas personas que lo deseen pueden solicitar el arbitraje de consumo, con el objetivo de reclamar el resto del importe total de la inversión inicial. Catalunya Banc no está adherida al sistema arbitral de consumo pero existe el compromiso con la Agencia Catalana del Consumo de estudiar caso por caso para determinar los casos en que sí acepta este arbitraje, teniendo en cuenta las circunstancias personales y la forma en que se hizo el contrato, de acuerdo con los criterios establecidos.
Así pues, los afectados que no hayan solicitado el arbitraje podrán solicitarlo hasta el 12 de julio de 2013 y es aquí donde la OMIC de Sabadell ofrece ayuda para cumplimentar el formulario de solicitud (es necesario pedir cita previa por teléfono al 010 o al 93 745 31 68).
De hecho, desde enero, la OMIC de Sabadell asesora presencialmente casos de Catalunya Banc y, cuando piden arbitraje de consumo, se les está ayudando a rellenar la solicitud, iniciando así el procedimiento arbitral. El número de solicitudes de arbitraje de Catalunya Banc trasladadas a fecha de hoy es de 24.
Actuación de la OMIC de apoyo a los afectados por preferentes o DS
Las acciones de apoyo a los preferentistas o titulares de deuda subordinada de Catalunya Banc se suman a diversas actuaciones impulsadas por la OMIC para asesorar a los afectados y afectadas por la llamada "crisis de las preferentes".
Así, durante el año 2012, UNNIM y Caixa Bank ofrecieron soluciones personalizadas a la mayoría de sus clientes. En el caso concreto de Caixa Bank, desde la OMIC de Sabadell se llevó a cabo un proceso de mediación presencial con responsables de servicios jurídicos y de atención al cliente de la entidad. En cuanto a UNNIM, la gran mayoría de afectados aceptaron el cobro del 95% del importe depositado, cerrando, de esta manera, el proceso de mediación.
Este 2013, la OMIC está llevando a cabo actuaciones sobre todo centradas en la atención a clientes de Catalunya Banc y Bankia.
En el caso de Bankia, el pasado mes de abril, la Agencia Catalana de Consumo pidió la colaboración de las OMIC implantadas en el territorio para facilitar información y asesoramiento a los clientes afectados de Bankia, en virtud del convenio firmado entre el Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB) y el Instituto Nacional de Consumo, por el que el primero se compromete a admitir todas las solicitudes de arbitraje de los consumidores afectados y, a través de un experto externo para su evaluación , contestó a la persona solicitante si acepta el procedimiento en función de unos parámetros preestablecidos por el FROB. Dado que el plazo de presentación de las solicitudes es hasta el 30 de junio de 2013, la OMIC de Sabadell ha hecho varias acciones de difusión sobre el procedimiento arbitral y ha ofrecido su apoyo para cumplimentar el formulario de solicitud de arbitraje.
En cuanto a otras entidades financieras que también habían comercializado Preferentes y DS, a fecha de hoy no han manifestado su voluntad de someterse a los procedimientos de mediación o arbitraje.